Compartimos la Casación Nº 1003-2014-LIMA de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República donde se estableció el ámbito de protección de los derechos a la imagen, intimidad, honor y buena reputación.
Sobre el derecho al honor, se señala que el daño al honor se produce cuando no es fácil para el lector común advertir la parodia de una imagen montada.
Revisa la Casación-N°-1003-2014-Lima
Una respuesta para “Ámbito de protección de los derechos a la imagen, intimidad, honor y buena reputación – Casación Nº 1003-2014-LIMA (02.05.2016)”
Eleazar Méndez
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