Del modelo inquisitivo al acusatorio. A propósito de la próxima puesta en vigencia del Código Procesal Penal de 2004

Autor: Liza RamosDávila

Actualizado: 05 de noviembre de 2024
Publicado: 27 de septiembre de 2005

En este artículo, los autores Arsenio Oré y Liza Ramos analizan la transformación del sistema procesal penal peruano, que transita desde un modelo inquisitivo hacia un sistema acusatorio en el marco de la implementación del código procesal penal de 2004. Este cambio responde a la necesidad de una justicia más ágil, transparente y respetuosa de […]

En este artículo, los autores Arsenio Oré y Liza Ramos analizan la transformación del sistema procesal penal peruano, que transita desde un modelo inquisitivo hacia un sistema acusatorio en el marco de la implementación del código procesal penal de 2004. Este cambio responde a la necesidad de una justicia más ágil, transparente y respetuosa de los derechos fundamentales de las partes involucradas. Conforme sostienen los autores, esta reforma se basa en cuatro ejes fundamentales:

  1. Separación de funciones: Se establece una clara distinción entre las funciones de investigar y juzgar. Esta separación garantiza que el juez mantenga una posición imparcial, ya que no cumple un rol de investigador, preservando su rol de garante de los derechos de las partes.
  2. Oralidad: La reforma incorpora la oralidad en el proceso penal, promoviendo la realización de audiencias orales en lugar de procedimientos basados únicamente en expedientes escritos. Esto facilita la transparencia y permite una comunicación directa entre las partes y el juez, reduciendo los tiempos procesales y promoviendo la eficiencia.
  3. Contradicción: Este principio asegura que tanto la fiscalía como la defensa tengan igual oportunidad de presentar pruebas, cuestionar y confrontar los elementos presentados por la contraparte.
  4. Excepcionalidad de la detención: En el nuevo modelo, la prisión preventiva se concibe como una medida cautelar excepcional. Solo debe aplicarse en circunstancias específicas y justificadas, con el objetivo de respetar el derecho a la libertad.

Autores: Arsenio Oré Guardia y Liza RamosDávila

La primera versión de este artículo fue publicado en Actualidad Jurídica, tomo 142, en septiembre de 2005.