Plan Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal (2013 – 2018) – PNAPTA

El Plan fue aprobado mediante Dec. Sup. 14-2013-JUS y está disponible aquí.

El presente plan cuenta con tres líneas estratégicas:
a) Prevención, b) Administración de justicia y c) Resocialización / Restauración

PREVENCIÓN:

El fortalecimiento del Sistema de Justicia Juvenil, requiere un abordaje integral, no limitado al ámbito de la represión y reeducación, sino también, y primordialmente, desde la prevención, entendida como la acción anticipada de impedir o evitar que se presente un fenómeno antisocial (antijurídico), mediante estrategias, medidas, acciones, actividades, etc., por parte del Estado y también por acciones coordinadas entre los diferentes sectores de la sociedad. (Pág. 80)

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

Comprende las acciones que permiten fortalecer el conjunto de mecanismos y reglas orientados a la administración del conflicto ocasionado por una infracción, y que determinan aspectos relacionados a: el modelo de justicia, las normas y su aplicación (alineamiento a normativa internacional), la estructura procesal y procedimientos (plazos y actividad procesal, entre otros), los instrumentos logísticos (establecimientos y ambientes pertinentes, entre otros), y los recursos humanos (capacitación y especialización, entre otros). Esta línea estratégica agencia un proyecto integral que abarca los intereses del adolescente en conflicto con la ley penal, la sociedad y la víctima, estableciendo un modelo de justicia restaurativa. (Pág. 81)

RESOCIALIZACIÓN / Restauración:

Comprende las acciones que permitan fortalecer el proceso evolutivo de reintegración social del adolescente en conflicto con la ley penal. Asimismo, constituye el ámbito de reparación material del conflicto, la concientización por parte del adolescente de sus actos contra los derechos de los demás y su reorientación o reeducación, a efectos de ser reinsertado en la sociedad con una perspectiva de respeto de las normas de convivencia social. Esta línea estratégica, tiene como finalidad viabilizar la reintegración social del adolescente en conflicto con la ley penal como un proceso que permita el aprendizaje de nuevas normas comportamentales y hábitos que coadyuven a su reconciliación con la sociedad, alcanzando una vida libre de conflictos penales. Asimismo, busca la restauración de la víctima y la reparación de expectativas sociales. (Pág. 81)

Entre las principales afirmaciones de este Plan destacan las siguientes:

  1. El cumplimiento o ejecución de una medida socioeducativa de medio cerrado – internación – requiere de atención integral a través de programas graduales, secuenciales y evolutivos hasta conseguir la Resocialización / Restauración del adolescente en conflicto con la ley penal.
  2. De acuerdo a estudios, se puede apreciar que un adolescente podría soportar una internación de aproximadamente 3 años; sin embargo, según lo señalan los profesionales expertos que se encuentran en contacto directo con los adolescentes, “[existe] involución en los jóvenes después de transcurridos 2 años de privación de libertad y que este fenómeno se intensifica cuando su externamiento no es muy próximo (…)”. Este resultado fallido de los objetivos de dichos programas se reflejan en el grado de reincidencia y deserción. Pág. 69-70
  3. Por otro lado, es importante resaltar que la resocialización del adolescente en conflicto con la ley penal en medio abierto o cerrado implica el afianzamiento de las competencias y habilidades para su posterior inclusión en el mercado laboral a través de una ocupación técnica. Pág. 71
  4. En el ámbito de la administración de justicia se estima conveniente la implementación de normativa procesal orientada al tratamiento de la víctima, a efectos de iniciar prontamente con la restauración de sus intereses. Pág. 77

Misión:
El Estado garantiza una intervención diferenciada y eficaz en la prevención y tratamiento de adolescentes en conflicto con la ley penal o en riesgo de serlo.

Principios:
El Interés Superior del Niño, Sujeto de Derecho, La familia como institución natural y fundamental de la sociedad, Primacía de las normas internacionales, Principio de la finalidad educativa, Tratamiento diferenciado, Justicia restaurativa, Primacía de la realidad social, No discriminación.

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