Protocolos de coordinación entre Sistemas de Justicia y de actuación en procesos judiciales que involucren a comuneros y ronderos – Res. Adm. Nº 333-2013-CE-PJ (29.11.2014)

Mediante Resolución Administrativa Nº 333-2013-CE-PJ, publicada el 29.Nov.2014, se aprueba el “Protocolo de Coordinación entre Sistemas de Justicia” y el “Protocolo de Actuación en Procesos Judiciales que Involucren a Comuneros y Ronderos” presentados por la Comisión de Trabajo sobre Justicia Indígena y Justicia de Paz; los mismos que en documentos anexos forman parte integrante de la presente resolución; estableciéndose para éstos un periodo de vacancia de un año, el mismo que se computará a partir del 1 de enero de 2014.

El objeto del “Protocolo de Coordinación entre Sistemas de Justicia”  es definir reglas y pautas de coordinación y armonización de las relaciones entre la jurisdicción especial indígena y la justicia ordinaria; así también para procesar mejor los conflictos de competencia interforal y generar espacios permanentes de diálogo intercultural sin ninguna forma de discriminación y bajo criterios de reciprocidad, en el marco del artículo 149º de la Constitución Política del Perú, el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Proyecto de Ley de Coordinación Intercultural de la Justicia, aprobado por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, y presentado al Congreso de la República, cuyo registro es el N° 313/2011-PJ y se encuentra siguiendo el trámite legislativo correspondiente.

El objeto del “Protocolo de Actuación en Procesos Judiciales que involucren a Comuneros y Ronderos” es orientar la actuación de los jueces al momento de administrar justicia a las comunidades campesinas, comunidades nativas, rondas campesinas, y a sus integrantes, para garantizar sus derechos individuales y colectivos durante los procesos judiciales que los involucren, acorde a lo establecido en las “100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia de Personas en condiciones de Vulnerabilidad”, a cuya implementación el Poder Judicial se adhirió mediante Resolución Administrativa Nº 266-2010-CE-PJ, del 23 de octubre de 2010.

Leer-la-Resolución-Administrativa-Nº-333-2013-CE-PJ y los protocolos en http://www.sia.eurosocial-ii.eu/files/docs/1396262790-Protocolo_Peru_Actuacion_procesos%20judiciales_comuneros_ronderos.pdf

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